Dic 18 2009

El derecho a no tragar

Published by admin at 14:00 under Uncategorized

En estas fechas en las que necesariamente hay que sacar la Navidad a escena, voy a tocar el fa sostenido discordante. No porque me molesten las alusiones a la temática, es más, disfruto al comprobar que mis series de televisión preferidas cumplen con el guión entre árboles, regalos y villancicos. Sin embargo, el interrogante que hoy planteo está más bien situado en otra dimensión mucho menos dorada y amistosa: la de las hojas de reclamaciones. Ya sea desde uno u otro lado del mostrador, escuchar o pronunciar estas tres palabras no mágicas parecerá un presagio de tormenta.
A menudo, algún conocido nos cuenta que le negaron la devolución en aquella tienda, que no atendieron su queja en la otra, o que, finalmente, abonó el dineral de la paella rancia y encebollada sin más queja que el comentario entre los comensales. Asimismo, en raras ocasiones alguien nos comenta que puso una hoja de reclamaciones, cuando se trata de un derecho al que todo consumidor puede recurrir si piensa que el trato, servicio o transacción no han sido los adecuados. En realidad, la medida resulta bastante conciliadora, hasta el punto de que, sin ella, muchas discusiones en establecimientos podrían convertirse en algo menos civilizado.
Entre los motivos por los que intuyo que desestimamos esta medida están: en primer lugar, la falta de información o el desconocimiento por parte del usuario; a continuación, pensar que se trata de una herramienta inefectiva que caerá en saco roto y; por último, la adopción de una aptitud conformista. Si bien es cierto que a través de este documento no obtendremos un resarcimiento económico, al menos pondremos en conocimiento del organismo competente la práctica irregular del comercio en cuestión, aunque no todos estén obligados a facilitar el impreso.
Lejos de animar a los usuarios a que soliciten el formulario de reclamación sin motivo, simplemente, recodar que existe. Más información en http://www.ocu.org

En estas fechas en las que necesariamente hay que sacar la Navidad a escena, voy a tocar el fa sostenido discordante. No porque me molesten las alusiones a la temática, es más, disfruto al comprobar que mis series de televisión preferidas cumplen con el guión entre árboles, regalos y villancicos. Sin embargo, el interrogante que hoy planteo está más bien situado en otra dimensión mucho menos dorada y amistosa: la de las hojas de reclamaciones. Ya sea desde uno u otro lado del mostrador, escuchar o pronunciar estas tres palabras no mágicas parecerá un presagio de tormenta.

A menudo, algún conocido nos cuenta que le negaron la devolución en aquella tienda, que no atendieron su queja en la otra, o que, finalmente, abonó el dineral de la paella rancia y encebollada sin más queja que el comentario entre los comensales. Asimismo, en raras ocasiones alguien nos comenta que puso una hoja de reclamaciones, cuando se trata de un derecho al que todo consumidor puede recurrir si piensa que el trato, servicio o transacción no han sido los adecuados. En realidad, la medida resulta bastante conciliadora, hasta el punto de que, sin ella, muchas discusiones en establecimientos podrían convertirse en algo menos civilizado.

Entre los motivos por los que intuyo que desestimamos este instrumento están: en primer lugar, la falta de información o el desconocimiento por parte del usuario; a continuación, pensar que se trata de una herramienta inefectiva que caerá en saco roto y; por último, la adopción de una aptitud conformista. Si bien es cierto que a través de este documento no obtendremos un resarcimiento económico, al menos pondremos en conocimiento del organismo competente la práctica irregular del comercio en cuestión, aunque no todos estén obligados a facilitar el impreso.

Lejos de animar a los usuarios a que soliciten el formulario de reclamación sin motivo, simplemente, recodar que existe. Más información en http://www.ocu.org

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